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Programa Agentes del Cambio
Subvención de 20.000€ por la contratación de un profesional que impulse la transformación digital de tu PYME.
Recibe solo candidatos que cumplen con los requisitos de la subvención. Formados por los líderes de FP y de empleo subvencionado de España.
Candidatos validados
Comunicación fácil y directa
Información general
Plazo de presentación
25 abril 2023 - 24 abril 2024
Órgano convocante
Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA)
Ayuda máxima a recibir
20.000€ durante un máximo de 20 meses consecutivos desde la formalización del contrato.
Ámbito
Estatal
¿Qué gastos o acciones me cubre?
Parte del salario del profesional contratado.
¿Quién es elegible para ser contratado?

Jóvenes de hasta 35 años en situación de desempleo que hayan realizado el Programa Generación Digital Agentes del cambio en uno de los centros educativos de reconocido prestigio designados.

Los requisitos para haber accedido a este programa son:

  • Nivel de estudios requerido (una de las 3 opciones):
  • Título de Grado Universitario o cursando el último año.
  • Título de FP Grado Superior.
  • Certificado de profesionalidad de nivel 3, título de Bachillerato o de FP grado medio siempre que se tenga una experiencia laboral de mínimo 2 años en un puesto vinculado a competencias digitales.
  • Experiencia profesional requerida: mínimo 6 meses de experiencia profesional previa incluyendo prácticas; excepto para el caso indicado en el punto c) del nivel de estudios requerido.

Por tanto, La PYME debe seleccionar a un Agente del Cambio entre aquellos que han completado la formación del programa “Generación Digital: Agentes del Cambio” y comunicar dicha selección a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA).

Documentación a presentar
No se requiere aportar documento alguno en la solicitud de la ayuda, ni tampoco en la justificación.
¿Para qué es la subvención?

La subvención tiene como propósito respaldar a las PYMEs en la contratación de jóvenes desempleados que impulsen su transformación digital.

Los profesionales contratados jugarán un rol fundamental actuando como impulsores en el proceso de digitalización y crecimiento de las PYMEs, aportando su conocimiento fresco y perspectivas innovadoras a las operaciones de la empresa.

Esta ayuda se materializa a través de financiamiento parcial destinado a la contratación de estos jóvenes profesionales, denominados "Agentes del cambio".

Para acceder a esta subvención, se requiere que los contratos sean indefinidos y a tiempo completo.

Plazos para la solicitud

Hasta el 24 de abril de 2024.

Las ayudas se concederán a través del método de concurrencia no competitiva, por estricto orden de solicitud y hasta consumir el presupuesto disponible.

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Agentes del cambio (Candidatos)
Plazo de presentación
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Órgano convocante
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Ámbito
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¿Qué gastos o acciones me cubre?
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¿Quién es elegible para ser contratado?
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Documentación a presentar
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¿Para qué es la subvención?
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Plazos para la solicitud
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Los Agentes del Cambio son profesionales de la Transformación Digital, formados a través del Programa “Generación Digital: Agentes del Cambio”, que lideran e impulsan los procesos de digitalización relacionados con la gestión empresarial y estratégica, la mejora de los procesos con el cliente y la implantación de tecnologías habilitadoras digitales.

Un Agente del Cambio analiza de forma crítica las necesidades de digitalización de una pyme y acompaña en el proceso de innovación y transformación digital:

  • Identificando las áreas de oportunidad que genera la digitalización para una pyme en un medio plazo.
  • Implementando cambios en una estructura organizativa que ayuden a desarrollar una cultura digital.
  • Analizando el impacto de la digitalización en todos los procesos de relación con la pyme: procesos de atracción, información, decisión, compra, entrega y postventa.
  • Aplicando el Business Intelligence y el Big Data en la toma de decisiones.
  • Conociendo las principales tendencias y habilitadores tecnológicos que permiten crecer a las pymes y ser más competitivas.

Los requisitos que debe cumplir el Agente del Cambio para ser elegible son:

  • Haber superado el curso del Programa “Generación Digital“: Agentes del Cambio”.
  • Haber dado su consentimiento para participar en el Programa Agentes del Cambio.
  • No haber tenido relación laboral previa con la empresa beneficiaria.
  • Encontrarse en situación de desempleo.
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Requisitos de la PYME
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Órgano convocante
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Para poder solicitar la ayuda las PYMEs deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar dado de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • No superar el límite de ayudas de minimis .
  • No realizar alguna de las actividades que se encuentran en la lista de actividades excluidas de la financiación.

Para ser subvencionable, la relación laboral tiene que cumplir con los siguientes requisitos:

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Gestión de la ayuda
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Plazos para la solicitud
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El programa “Agentes del Cambio” plantea un modelo de gestión pública de las subvenciones de carácter innovador, apostando por reducir la carga administrativa a las empresas en la fase de solicitud y, especialmente, en la de justificación de las ayudas.

La empresa beneficiaria no tendrá que aportar documento alguno en la solicitud de la ayuda, ni tampoco en la justificación , siempre y cuando conceda autorización para consultar registros públicos para la comprobación de las condiciones de beneficiario y la realización de la actividad subvencionada.

La Secretaría de Estado se encarga de realizar consultas automatizadas para recabar todas las evidencias necesarias para conceder el bono y para comprobar la justificación de la ayuda.

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Consumo del bono y pagos
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La PYME recibirá un “Bono Agente del Cambio” por la cuantía total máxima de la ayuda, 20.000 euros , que tendrá que consumir en la contratación de un único Agente del Cambio durante un máximo de 20 meses consecutivos a contar desde la formalización del contrato.

La ayuda se percibirá mientras dure la relación laboral con el Agente del Cambio siendo el importe máximo mensual de 1.000 euros.

Las condiciones para recibir los pagos de la ayuda son:

  • la continuidad del contrato,
  • el pago del salario,
  • no ser deudor de reintegro de subvenciones anteriores,
  • estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA) se encargará de verificar de manera automática el cumplimiento de los requisitos. La empresa beneficiaria no tendrá que aportar documentación.

Si se cumplen las condiciones, la PYME recibirá la ayuda a través de pagos trimestrales.

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Solicitud paso a paso
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1. La PYME tiene que registrarse en AceleraPyme y realizar el test de diagnóstico de Madurez Digital (Tiempo estimado: 10min).

2. Solicitar la ayuda mediante la cumplimentación de un formulario disponible en la Sede Electrónica del Ministerio y accesible mediante un enlace en AceleraPyme y en este Portal de Ayudas del Ministerio.

3. Después de la concesión de la ayuda, la PYME deberá seleccionar un Agente del Cambio, de entre aquellos que aparecen en el Directorio Agentes del Cambio, accesible desde el Portal AceleraPyme y desde este Portal de Ayudas del Ministerio.

4. El Agente del Cambio seleccionado tiene que cumplir con varios requisitos.

5. La PYME comunicará qué Agente del Cambio desea contratar para que se proceda a la validación del candidato.

6. Una vez confirmada la validación del candidato, la PYME podrá formalizar el contrato.

7. El contrato laboral formalizado deberá ser por cuenta ajena en la modalidad indefinida, a tiempo completo, por un salario conforme a la normativa laboral.

8. La PYME comunicará la formalización de la contratación, aportando el identificador del contrato, el número de afiliación y la cuenta de cotización del Agente para su validación e iniciar el consumo del bono.

9. La ayuda se recibirá a través de pagos trimestrales, en la cuenta bancaria que la PYME indique en su solicitud.

10. La PYME no tendrá que aportar ningún documento para la justificación.

Preguntas frecuentes
¿Soy PYME?
¿Supero el límite de las ayudas minimis?
¿El Programa Agentes del Cambio es compatible con otras ayudas?
¿Mi empresa cumple con el principio DNSH?
¿Qué debo tener en cuenta cuando contrate al Agente del Cambio?
¿Cómo funciona el proceso de justificación?
¿En qué categoría profesional debe ser contratada o contratado el Agente del Cambio?
Queremos participar como Agentes del Cambio, ¿nos pueden facilitar información para suscribirnos?
¿Qué funciones concretas deben realizar los Agentes del Cambio? ¿Qué actividades cabe esperar de estas personas una vez contratados? ¿Qué perfiles profesionales tienen?
Si el Agente del Cambio recomienda inversiones para acometer la transformación digital de los procesos de la empresa beneficiaria, ¿Qué ayuda o ayudas podemos solicitar para hacer dichas inversiones?
¿Qué requisitos tiene que cumplir una persona para ser Agente del Cambio? ¿Puede ser Agente del Cambio una persona ya empleada?
¿Dónde puedo consultar si una persona está acreditada como “Agente del Cambio”? ¿Existe algún listado?
¿Existe la Autorización de Representación Voluntaria como en el Kit Digital?
¿Cómo es el proceso de solicitud de la ayuda? ¿Tenemos que solicitar la ayuda antes o después de la contratación del Agente del Cambio?
He cometido un error en la solicitud, ¿cómo puedo solucionarlo?